Andrés Palma: «Observaciones al proyecto de ley que crea el Fondo Covid»

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En este sentido creo que no procede aprobar la idea de un “plan de acción” sin conocer sus alcances. Creo que el sentido de una ley marco, como esta, es dar facilidades para la operación de un eventual plan y de los contenidos del Marco de Entendimiento....

El 14 de julio, el Presidente de la República hizo llegar al Congreso el proyecto de ley que crea el Fondo de Emergencia Transitorio Covid-19.

En su Mensaje el Presidente enumera las medidas adoptadas por el gobierno a partir del mes de marzo.

Estas medidas fueron siendo catalogadas como insuficientes en monto y cobertura, tanto por entidades gremiales, como el Colegio Médico, organizaciones políticas, profesionales como los académicos convocados por los rectores de las universidades de Chile y Católica, por el Foro por el Desarrollo Justo y Sostenible, así como la propia Cámara de Diputadas y Diputados, en su Resolución 1.135 del 10 de junio del presente año.

Ante ello, el gobierno impulsó, en el seno de la Comisión de Hacienda del Senado, la búsqueda de un entendimiento que culminó el 14 de junio cuando se alcanzó una mejora, significativa pero aún insuficiente, en el monto y cobertura del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), como también el «Marco de Entendimiento para un Plan de Emergencia por la Protección de los Ingresos de las Familias y la Reactivación Económica y del Empleo”, cuyo objeto sería el inmediato incremento del IFE y “crear una nueva estructura legal que permita implementar, de forma transitoria y flexible, un programa fiscal adicional, de hasta un máximo de US$ 12.000 millones
en los próximos 24 meses, dependiendo de los efectos económicos y sociales de la pandemia”. Un fondo, el Fondo Covid, entendido como una facilidad
extrapresupuestaria.

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